Formación bonificada o lo que es lo mismo, formación programada para empresas, es un sistema de formación recogido en el Sistema Nacional de Cualificación Profesional que contempla la posibilidad de que las empresas, realicen formación a medida destinada a solventar las necesidades formativas de las mismas.
¿Qué es el crédito de formación?
A menudo nos encontramos con que muchas empresas todavía desconocen la existencia de crédito de formación. El crédito de formación surge de las cotizaciones a la seguridad social del año anterior, de ese 0.7% de la suma de las bases de cotización de los trabajadores, destinado a formación profesional que, comúnmente suele atribuirse a la formación continua, desconociendo la posibilidad de utilizar ese fondo para formación específica para la empresa.
A groso modo, funciona como una especie de hucha, que iremos acumulando para poder disfrutar de ella al siguiente año natural. Según el número de trabajadores, la empresa podrá disponer de los siguientes porcentajes de crédito acumulado:
Número de trabajadores | % |
De 1 a 9 trabajadores | 100% |
De 10 a 49 trabajadores | 75% |
De 50 a 249 trabajadores | 60% |
Más de 250 trabajadores | 50% |
No será necesaria ningún tipo de comunicación previa por parte de la empresa para poder acumular crédito. Las empresas de menos de 50 trabajadores podrán acumular el crédito anual en caso de no utilizarlo, para el siguiente año natural, solicitándolo en la aplicación fundae antes del 30 de junio de cada año. No obstante, aunque solicitasen la acumulación de crédito ante la duda de si utilizarlo o no, podrán hacer uso igualmente del mismo a lo largo de todo el ejercicio.
Además del crédito de formación, todas las empresas disponen de un porcentaje adicional de crédito que puede ser utilizado para los PIF. Puedes consultar más información sobre los mismos en este enlace.
¿Cómo utilizar el crédito de formación?
Lo primero será contratar una formación externa, que a la vez puedan actuar como entidad organizadora (es decir, el agente que comunica en Fundae la formación y realiza la justificación económica de la misma tras su fin). En caso de que el agente formador no esté inscrito en fundae, una empresa con certificado digital también puede autogestionar su crédito de formación a través de la aplicación telemática de FUNDAE.
Los requisitos de la FUNDAE para que se pueda bonificar una formación son:
- La formación debe guardar relación con la actividad de la empresa.
- La modalidad será presencial, teleformación o mixta, acogiéndose al máximo bonificable por hora de cada una de las modalidades.
- La duración mínima debe ser de dos horas y no debe exceder las ocho horas diarias, salvo que se imparta en una sola jornada.
- El número de participantes no debe exceder 30 por grupo en la modalidad presencial (aunque sea virtualizada) y 80 por tutor en la modalidad teleformación.
- Debe garantizarse la gratuidad de la formación para los trabajadores. Es decir, la cofinanciación en caso de exigirse por parte de la Fundae debe correr a cargo de la empresa.
- No podrán bonificarse acciones de índole informativo o divulgativo como las jornadas, congresos, seminarios, etc.
¿Puede bonificarse el 100 % de la formación?
Dependerá del número de trabajadores de la empresa y del número de participantes en la formación.
Cofinanciación exigida:
Según el número de trabajadores, habrá un porcentaje del coste total de la formación que no será de carácter bonificable, siendo:
Número de trabajadores | % cofinanciación exigido |
De 1 a 5 trabajadores | 0% exigido |
de 6 a 9 trabajadores | 5% exigido |
de 10 a 49 trabajadores | 10 % exigido |
de 50 a 249 trabajadores | 20 % exigido |
Por ejemplo, en Cárnicas XXX se contrata una formación sobre envasados y conservación de carnes en febrero de 2022 con un coste total de 300 €, de 10 horas lectivas. La empresa cuenta con 13 trabajadores que asisten todos ellos fuera de jornada laboral a la formación. En este caso, calcularíamos:
- Máximo bonificable: 10 (horas) * 13 (€ hora) * 13 (participantes) = 1690 €
- Coste total de formación: 300 €
- Porcentaje máximo a bonificar: 270 € (coste formación – % cofinanciación exigida).
En cambio, en el mes de marzo, contratan una segunda formación de excel básico, también de 10 horas lectivas, para 1 solo trabajador. en este caso la bonificación se calcularía:
- Máximo bonificable: 10 (horas) * 8 € hora * 1 participante = 80 €
Máximo bonificable:
A la hora de comunicar el inicio de una formación, hemos de añadir primero la acción formativa determinando si se trata de una formación de nivel básico (contenidos generales o con competencias básicas) o superior, para que el calculo máximo bonificable por hora se pueda imputar:
- Acciones formativas de nivel básico: 8 € hora por participante
- Acciones formativas de nivel superior: 13 € hora por participante.
Aprendeymas es entidad organizativa ante la FUNDAE. Cuando tramitamos bonificaciones a nuestros clientes siempre solemos informarles previamente de cual será el resultado de la bonificación (siempre y cuando todos los participantes finalicen la misma. Es decir, que superen el 75 % de la asistencia total) y cual será el coste total de formación para que de manera muy estructurada la empresa pueda decidir si contratar o no la formación.